La Asociación del Fútbol Argentino se mantiene en contra del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, por el cual el Gobierno busca obligar a que la AFA modifique su estatuto, para que se permita que los clubes puedan cambiar su denominación a sociedades anónimas deportivas sin ser sancionados.

En esta oportunidad, la Gerencia de Legales a cargo del Dr. Andrés Paton Urich se comunicó con FIFA y CONMEBOL, para consultar si lo que pretende el presidente Javier Milei con dicha norma, resulta violar los estatutos en relación a la independencia de las federaciones que deben manejar sus asuntos internos sin la injerencia de terceros. AFA recibió la respuesta de ambos entes internacionales, y fue positiva.

El Director Legal y de Cumplimiento de FIFA, el Dr. Emilio García Silvero, emitió su dictamen en el que manifestó: “Entendemos que las federaciones miembros de la FIFA – y en este caso la AFA – deben gozar de la autonomía suficiente para determinar de manera libre y democrática la naturaleza jurídica de los clubes que participen en sus competiciones nacionales. La AFA, y solo la AFA, resulta, a la vista del marco jurídico de la FIFA, la única entidad competente para decidir, a través de sus órganos legítimos de gobierno asociativo, los aspectos relativos a la naturaleza jurídica de los clubes afiliados a la misma.”

Y le dio la derecha en su reclamo: “Corresponde a la AFA, sin intervención estatal alguna, decidir democráticamente si sus clubes afiliados deben de retener la naturaleza jurídica de asociaciones civiles de manera obligatoria -como es el caso actual, cf. artículo 10 (2) Estatutos de la AFA-, transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas u optar por un modelo diferente. Cualquier otra decisión al respecto que no proceda de los órganos de gobierno de la AFA en uso de su autonomía entraría en conflicto con el artículo 19 (1) de los Estatutos de la FIFA, suponiendo igualmente un incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 (1) (i) del mismo texto estatutario.”

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